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No pague, ni repacte, infórmese. FONO GRATIS: 800-914-730

¿ENDEUDADO? No  saltes de la sartén al fuego, no pagues, no hagas caso de amenazas extrajudiciales. Estamos para asesorarte. Especialistas en negligencias médicas, accidentes, indemnizaciones por daños y perjuicios, prescripciones de deudas, embargos, tercerías de dominio y de posesión. Acción reivindicatoria, recuperación de terrenos, divorcio, familia y otros LLAME GRATIS AL 800-914-730   Red Fija: 22-840-3420   E-MAIL: INFO@SOCIEDADJURIDICA.CL
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Indemnización de Perjuicios Fono gratis: 800-914-730

La indemnización de perjuicios comprende el daño emergente y el lucro cesante, ya provengan de no haberse cumplido la obligación, o de haberse cumplido imperfectamente, o de haberse retardado el cumplimiento Somos especialistas en indemnizaciones de Perjuicios o indemnización por daños y perjuicios. Normalmente vemos tres formas en que los daños pueden ser indemnizados: Restitución, Reparación del daño y Resarcimiento de daños El Resarcimiento puede clasificarse en Contractual que es el que debe pagar el demandado (deudor) en caso de incumplir un deber contractual, con el fin de resarcir al acreedor por su incumplimiento. El Extracontractual Es aquel que se deriva de una acción u omisión dolosa o culpable que provoca un daño a otra u otras personas. Dicha acción puede originarse también con motivo de la comisión de un delito.

Prescripciones de Deudas Fono gratis: 800-914-730

Acá te explicamos  Para ser mas exacto la deuda no prescribe, sino que, las acciones y derechos  de los que es titular la entidad bancaria y que la habilitan para perseguir el cumplimiento de tu deuda.  La ley exige que haya transcurrido un determina do tiempo sin que se hayan ejercido estas acciones y derechos, y además que el deudor alegue la prescripción ante un tribunal. La prescripción puede ser alegada como excepción o como acción. Como consecuencia de lo anterior, la deuda se extinguirá a través de lo que en el ámbito legal se conoce como prescripción que es uno de los modos de extinguir las obligaciones. Los lapsos que exige la ley varían dependiendo del tipo de acción de que se trate. La imagen corresponde al Libro Electrónico del Jurista Juan Barros

¿Deudas fiscales?

 Las deudas tributarias o fiscales también prescriben, no son imprescriptibles como se ha hecho saber de forma errónea. Código Tributario Artículo 201: En los mismos plazos señalados en el artículo 200, y computados en la misma forma, prescribirá la acción del Fisco para perseguir el pago de los impuestos, intereses, sanciones y demás recargos. Estos plazos de prescripción se interrumpirán: 1.- Desde que intervenga reconocimiento u obligación escrita. 2.- Desde que intervenga notificación administrativa de un giro o liquidación. 3.- Desde que intervenga requerimiento judicial. En el caso del número 1, a la prescripción del presente artículo sucederá la de largo tiempo del artículo 2515 del Código Civil. En el caso del número 2, empezará a correr un nuevo término que será de tres años, el cuál sólo se interrumpirá por el conocimiento u obligación escrita o por el requerimiento judicial. Decretada la suspensión del cobro judicial a que se refiere el artículo 147, no procederá el aban...

Divorcio Ley 19.947

Entre las causas, nos encontramos con el maltrato físico o psicológico grave, contra el cónyuge o los hijos.  Atentado contra la vida del cónyuge o hijos.  El incumplimiento grave y reiterado de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad. Como por ejemplo el abandono reiterado del hogar común. Nuestra legislación contempla tres formas de divorcio: A) Divorcio de mutuo acuerdo por cese de convivencia superior a un año. B) Divorcio unilateral por cese de convivencia superior a tres años. C) Divorcio por culpa. se puede pedir cuando exista una falta grave y, calificada por parte del otro cónyuge, de tal forma que haga intolerable la vida en común. El artículo 1° de la Ley 19.947 estipula que: La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El matrimonio es la base principal de la familia. Esta Ley regula los requisitos para contraer matrimonio, la forma de su celebración, la separación de los cónyuges, la declaración de nulidad matrimonial, la disolución del vínculo y lo...

Abandono del Procedimiento en juicio de tesorería u otros

Es otra herramienta que permite al deudor liberarse de la persecución judicial y, que no se debe confundir con la prescripción El  abandono del procedimiento  es aquel incidente especial que consiste en la extinción de las actuaciones realizadas dentro de un procedimiento; cuando todas las partes que figuran en él no han instado por su prosecución dentro del plazo que señala la ley y que impide seguir con su substanciación. La jurisprudencia señala que el abandono del procedimiento produce efectos formales, procesales y de fondo de carácter civil. Desde luego, las consecuencias procesales causados por la sentencia firme que declara abandonado el procedimiento es el inmediato de hacer perder a las partes el derecho a continuar el procedimiento, el cual desaparece totalmente con el efecto mediato de no poder hacerlo valer en un nuevo juicio. El abandono del procedimiento se encuentra regulado en los artículos 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y consiste en una ...