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Mostrando entradas de mayo, 2023

Prescripciones de Deudas Fono gratis: 800-914-730

Acá te explicamos  Para ser mas exacto la deuda no prescribe, sino que, las acciones y derechos  de los que es titular la entidad bancaria y que la habilitan para perseguir el cumplimiento de tu deuda.  La ley exige que haya transcurrido un determina do tiempo sin que se hayan ejercido estas acciones y derechos, y además que el deudor alegue la prescripción ante un tribunal. La prescripción puede ser alegada como excepción o como acción. Como consecuencia de lo anterior, la deuda se extinguirá a través de lo que en el ámbito legal se conoce como prescripción que es uno de los modos de extinguir las obligaciones. Los lapsos que exige la ley varían dependiendo del tipo de acción de que se trate. La imagen corresponde al Libro Electrónico del Jurista Juan Barros

¿Deudas fiscales?

 Las deudas tributarias o fiscales también prescriben, no son imprescriptibles como se ha hecho saber de forma errónea. Código Tributario Artículo 201: En los mismos plazos señalados en el artículo 200, y computados en la misma forma, prescribirá la acción del Fisco para perseguir el pago de los impuestos, intereses, sanciones y demás recargos. Estos plazos de prescripción se interrumpirán: 1.- Desde que intervenga reconocimiento u obligación escrita. 2.- Desde que intervenga notificación administrativa de un giro o liquidación. 3.- Desde que intervenga requerimiento judicial. En el caso del número 1, a la prescripción del presente artículo sucederá la de largo tiempo del artículo 2515 del Código Civil. En el caso del número 2, empezará a correr un nuevo término que será de tres años, el cuál sólo se interrumpirá por el conocimiento u obligación escrita o por el requerimiento judicial. Decretada la suspensión del cobro judicial a que se refiere el artículo 147, no procederá el aban...